Empresa de otro país de la UE
- Servicios: no llevan IVA español. La factura dice que hay inversión del sujeto pasivo (artículos 69 y 84 de la Ley del IVA y 196 de la Directiva) y el cliente declara el IVA de su país.
- Bienes enviados a otro país de la UE: entrega intracomunitaria exenta (artículo 25 de la Ley del IVA), con la prueba del transporte.
- Requisitos: los dos tenéis que estar en el registro de operadores intracomunitarios y el NIF-IVA del cliente tiene que ser válido en el VIES. Si no lo es, la factura lleva IVA español.
- Declaración: casilla 59 del modelo 303 y el modelo 349.
Empieza con la plantilla de factura intracomunitaria.
Empresa de fuera de la UE
- Servicios: en general, no sujetos al IVA español porque se localizan donde está el cliente. Van en la casilla 120 del 303.
- Bienes: exportación exenta (artículo 21 de la Ley del IVA), con la declaración de aduanas (DUA). Van en la casilla 60 del 303.
Andorra está fuera de la UE: lo explicamos con ejemplos en facturar entre España y Andorra.
Particulares extranjeros
- Particular de la UE, servicios: en general, IVA español. La excepción más común son los servicios electrónicos, de telecomunicaciones y de radiodifusión: por encima de 10.000 € al año en ventas a particulares de otros países de la UE, llevan el IVA del país del cliente.
- Particular de la UE, ventas a distancia de bienes: IVA español mientras tus ventas a particulares de otros países de la UE no pasen de 10.000 € al año en total; por encima, el IVA de cada país, que se suele declarar con la ventanilla única (OSS, modelo 369).
- Particular de fuera de la UE: los bienes que salen de la UE son exportación exenta; los servicios, según el tipo (algunos, como la consultoría o la publicidad, no llevan IVA español).
Moneda, idioma y datos del cliente
- Moneda: puedes facturar en dólares, libras o francos suizos; si hay IVA, la cuota se expresa también en euros (artículo 12 del Reglamento de facturación).
- Idioma: el que quieras; muchas empresas facturan en inglés. Hacienda puede pedir una traducción.
- Identificación: el identificador fiscal del cliente de su país (el NIF-IVA si es de la UE).
Ver la plantilla de factura en inglés.
Cómo lo hace Renndia
En la ficha del cliente eliges su régimen (intracomunitario, exportación o inversión del sujeto pasivo) y Renndia factura sin IVA con la cláusula legal correspondiente, y lo lleva a las casillas 59 o 60 del borrador del 303 y a la lista del 349. Puedes facturar en ocho monedas con el tipo de cambio que escribas, y el PDF sale en castellano o catalán (para un cliente que no los lea, usa la plantilla en inglés). Renndia no prepara el modelo 369 (OSS). Más en facturas multidivisa.
Fuentes oficiales
- Ley 37/1992 del Impuesto sobre el Valor Añadido (BOE)
- Real Decreto 1619/2012, Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación (BOE)
- VIES: comprobación del NIF-IVA (Comisión Europea)
Guía orientativa: resume la normativa vigente en la fecha de actualización, pero no sustituye el consejo de tu gestoría para tu caso concreto.