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Plantilla de requerimiento de pago de facturas

Rellena tus datos, los del deudor y las facturas pendientes, y tendrás la carta de requerimiento de pago lista para enviar por burofax. Si reclamas a una empresa o a un autónomo, suma los intereses de demora y los 40 € por factura de la Ley 3/2004, y puede incluir la invitación a negociar que hace falta antes de un monitorio.

Tus datos
Datos del deudor
Facturas pendientes
Factura 1

Envíala por burofax con certificación de texto y acuse de recibo, o por otro medio que deje constancia del contenido y de la recepción.

En [lugar], a 19 de octubre de 2026

Remitente

[Tu nombre o razón social]

Destinatario

[Nombre del deudor]

REQUERIMIENTO DE PAGO

Asunto: requerimiento de pago de facturas vencidas

Muy señores míos:

Por medio de la presente les comunico que, a fecha de hoy, [Nombre del deudor] tiene pendientes de pago las siguientes facturas:

FacturaFechaVencimientoImporte
26001415/05/202614/06/20261.210,00 €
Importe pendiente
1.210,00 €
Intereses de demora a fecha de hoy
43,65 €
Indemnización por costes de cobro (1 × 40,00 €)
40,00 €
Total que se reclama
1.293,65 €

De acuerdo con la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, desde el día siguiente al vencimiento de cada factura se devengan intereses de demora al tipo legal (artículo 7), sin necesidad de aviso previo (artículo 5), y una indemnización de 40 € por los costes de cobro de cada factura (artículo 8).

Por todo ello, les requiero para que abonen el importe indicado en el plazo de 10 días naturales desde la recepción de esta carta, indicando en el concepto el número de las facturas.

Si lo prefieren, pueden ponerse en contacto conmigo para acordar un calendario de pagos. Este escrito es también una invitación a negociar a los efectos del artículo 5 de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero.

De no recibir el pago ni respuesta en dicho plazo, me reservo el derecho a reclamar la deuda, los intereses y los gastos por vía judicial, incluido el procedimiento monitorio de los artículos 812 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Atentamente,

Firma

[Tu nombre o razón social]

Herramienta orientativa: no sustituye el asesoramiento de un profesional. Comprueba los plazos y los tipos con la Administración tributaria o con tu gestoría.

Para qué sirve

  • Deja constancia de que has reclamado: interrumpe la prescripción de la deuda (artículo 1973 del Código Civil).
  • Con un particular, lo pone en mora: desde que lo recibe, la deuda devenga el interés legal del dinero (artículos 1100 y 1108). Con empresas y autónomos, los intereses de la Ley 3/2004 corren solos desde el vencimiento.
  • Cuenta como intento de negociación, que desde el 3 de abril de 2025 es obligatorio antes de ir al juzgado, también en el procedimiento monitorio (artículo 5 de la Ley Orgánica 1/2025).

Qué debe incluir

  • Tus datos y los del deudor, con el NIF y la dirección.
  • Cada factura con su número, fecha, vencimiento e importe pendiente.
  • Los intereses y los 40 € por factura si es una empresa o un autónomo. Calcula el detalle por semestres con la calculadora de intereses de demora.
  • Un plazo para pagar y cómo hacerlo (el IBAN).
  • La invitación a negociar un calendario de pagos y la advertencia de que, si no paga, reclamarás por vía judicial.

Cómo enviarlo

  • Burofax con certificación de texto y acuse de recibo: prueba qué enviaste y cuándo lo recibió. Se puede enviar por internet desde Correos.
  • Carta certificada: prueba la entrega, pero no el contenido.
  • Correo electrónico: vale si puedes probar que lo recibió (una respuesta, un acuse), pero es más fácil de discutir.
  • Requerimiento notarial: el más caro y el más difícil de discutir. Para recuperar el IVA de una factura impagada, la Ley del IVA admite cualquier reclamación fehaciente (artículo 80), así que un burofax con certificación de texto también sirve.

Y si no paga

Espera al menos 30 días naturales desde que recibió el requerimiento: si no ha respondido, la negociación se da por terminada sin acuerdo y puedes presentar el monitorio en el juzgado de su domicilio, sin abogado ni procurador. Te lo explicamos paso a paso en la guía del procedimiento monitorio.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio enviar un requerimiento antes de reclamar en el juzgado?

Desde abril de 2025 hay que haber intentado negociar antes, también para el monitorio. Un requerimiento que invite a negociar, recibido y sin respuesta en 30 días, sirve para acreditarlo.

¿Cuánto plazo le doy para pagar?

La ley no fija uno: entre 10 y 15 días es lo habitual. Pero, para ir al monitorio, espera al menos 30 días desde que lo recibió.

¿Puedo reclamar los 40 € a un particular?

No: la Ley 3/2004 solo se aplica entre empresas y autónomos. A un particular le reclamas la factura y el interés legal desde el requerimiento.

Cobra antes de tener que reclamar

Renndia marca las facturas vencidas y envía recordatorios automáticos antes y después del vencimiento, con la factura en PDF y un enlace para pagar con tarjeta o domiciliación a través de tu cuenta de Stripe.

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