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Guías · Modelos fiscales

Modelo 200: el Impuesto sobre Sociedades

El modelo 200 es la declaración anual del Impuesto sobre Sociedades. La presentan todas las sociedades residentes en España (SL, SA, cooperativas…), aunque hayan tenido pérdidas o no hayan tenido actividad, en los 25 días naturales siguientes a los seis meses del cierre: si el ejercicio coincide con el año natural, del 1 al 25 de julio. El tipo general es el 25 %, pero las empresas pequeñas pagan menos.

Actualizada el

Tipos para los ejercicios que empiezan en 2026

La Ley 7/2024 está bajando los tipos de las empresas pequeñas año a año (artículo 29 y disposición transitoria cuadragésima cuarta de la Ley del Impuesto sobre Sociedades):

  • Microempresas (cifra de negocios del año anterior de menos de 1 millón): 19 % por los primeros 50.000 € de base imponible y 21 % por el resto. En 2025 era 21 % y 22 %; desde 2027, 17 % y 20 %.
  • Empresas de reducida dimensión (menos de 10 millones): 23 %. En 2025 era 24 %; baja al 22 % en 2027, al 21 % en 2028 y al 20 % después.
  • Empresas de nueva creación: 15 % el primer ejercicio con base positiva y el siguiente.
  • Tipo general: 25 %. Las sociedades patrimoniales no aplican los tipos reducidos.

Del resultado a lo que pagas

  • Resultado contable: el beneficio o la pérdida de la cuenta de pérdidas y ganancias.
  • Ajustes: se suman los gastos que no son deducibles (el propio Impuesto sobre Sociedades, multas, donativos, gastos sin justificar…) y se ajustan las diferencias de amortizaciones o provisiones.
  • Base imponible: el resultado ajustado, menos las bases negativas de años anteriores que puedas compensar.
  • Cuota: la base por el tipo, menos deducciones y bonificaciones.
  • A pagar: la cuota menos las retenciones que te practicaron y los pagos fraccionados del 202.

Ejemplo: una microempresa con una base imponible de 60.000 € en 2026 paga 50.000 × 19 % + 10.000 × 21 % = 11.600 €, menos lo adelantado en los 202.

Plazo y otras obligaciones

  • Plazo: los 25 días naturales siguientes a los seis meses del cierre (artículo 124). Ejercicio natural: del 1 al 25 de julio.
  • Aunque no haya actividad: una sociedad inactiva o con pérdidas también lo presenta.
  • Cuentas anuales: aparte del 200, las cuentas se aprueban en junta y se depositan en el Registro Mercantil, que no es lo mismo.

Cómo lo hace Renndia

Renndia no prepara el 200. Lo que te da es la base: la cuenta de pérdidas y ganancias por cuentas del plan contable con tus facturas, gastos y cierres de caja, y las exportaciones para la gestoría (Excel completo o el formato del importador de a3). Los ajustes fiscales, las amortizaciones y la declaración los hace tu gestoría. Más en modelos fiscales y Renndia para pymes.

Fuentes oficiales

Guía orientativa: resume la normativa vigente en la fecha de actualización, pero no sustituye el consejo de tu gestoría para tu caso concreto.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que presentar el 200 si la sociedad no ha tenido actividad?

Sí: toda sociedad residente en España lo presenta cada año, aunque no haya facturado nada o haya tenido pérdidas.

¿Qué es una microempresa a efectos del impuesto?

La que tuvo una cifra de negocios de menos de 1 millón de euros en el ejercicio anterior y no es una sociedad patrimonial.

¿Qué pasa con las pérdidas de un año?

Generan una base imponible negativa que puedes compensar con los beneficios de los años siguientes, con los límites de la ley.

Factura sin pensar en todo esto

Renndia pone el impuesto, las menciones legales y la numeración en cada factura, y te prepara el borrador de tus declaraciones.

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