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Guías · Modelos fiscales

Modelo 111: las retenciones de nóminas y profesionales

Con el modelo 111 ingresas en Hacienda las retenciones de IRPF que has descontado a otros: a tus trabajadores en sus nóminas y a los profesionales (abogados, diseñadores, asesores…) en sus facturas. Lo presentan las empresas y los autónomos que han retenido algo en el trimestre, del 1 al 20 del mes siguiente, también en enero.

Actualizada el

Quién lo presenta

Cualquier empresa o autónomo que, en el trimestre, haya pagado:

  • Nóminas con retención de IRPF.
  • Facturas de profesionales personas físicas con retención (15 %, o 7 % los primeros años).
  • Otras rentas con retención, como premios o cursos y conferencias.

Si en el trimestre no has pagado nada con retención, en general no lo presentas. Las retenciones del alquiler de un local no van aquí, sino en el modelo 115.

Plazos y resumen anual

  • Trimestral: del 1 al 20 de abril, julio, octubre y enero. Ojo: el del cuarto trimestre acaba el 20 de enero, no el 30 como el 303.
  • Mensual: las grandes empresas, del 1 al 20 del mes siguiente.
  • Resumen anual ([modelo 190](/guias/modelo-190)): en enero, con cada perceptor y lo que se le retuvo en el año.

Las casillas

  • 01 a 06: rendimientos del trabajo: número de perceptores, importe pagado y retenciones (en dinero y en especie).
  • 07 a 12: actividades económicas: número de profesionales, importe de sus facturas (base, sin IVA) y retenciones.
  • 13 a 27: premios, ganancias de aprovechamientos forestales y cesión de derechos de imagen.
  • 28: suma de retenciones; 30: resultado a ingresar.

El importe es la base de la factura del profesional, sin IVA. La retención se ingresa aunque todavía no hayas pagado la factura: cuenta cuando es exigible el pago.

Errores frecuentes

  • Retener a una sociedad: a las facturas de una S.L. no se les aplica retención (salvo casos concretos).
  • Contar al profesional dos veces: el número de perceptores es de personas, no de facturas.
  • Mezclar el alquiler: va en el 115.
  • No cuadrar con el 190: la suma de los cuatro trimestres tiene que coincidir con el resumen anual.

Cómo lo hace Renndia

Cuando registras un gasto de un profesional con retención, Renndia lo lleva a las casillas 07 a 09 del borrador del 111: número de profesionales, base y retenciones del trimestre. Las nóminas no se calculan en Renndia (las repartes a tus empleados, ya hechas por tu gestoría), así que las casillas del trabajo las añade la gestoría. Renndia no presenta el modelo. Más en modelos fiscales.

Fuentes oficiales

Guía orientativa: resume la normativa vigente en la fecha de actualización, pero no sustituye el consejo de tu gestoría para tu caso concreto.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que presentar el 111 si no tengo empleados?

Sí, si en el trimestre has pagado alguna factura de un profesional con retención. Si no tienes ni nóminas ni facturas con retención, en general no.

¿Cuándo se presenta el 111 del cuarto trimestre?

Del 1 al 20 de enero. Junto con el resumen anual, el modelo 190, que se presenta durante enero.

¿Quién ingresa la retención de la factura de mi asesor?

Tú, que eres quien paga: le abonas el total menos la retención y la ingresas en Hacienda con tu 111.

Factura sin pensar en todo esto

Renndia pone el impuesto, las menciones legales y la numeración en cada factura, y te prepara el borrador de tus declaraciones.

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