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Guías · Factura electrónica y VeriFactu

Facturae y FACe: cómo facturar a la Administración pública

Para cobrar de un ayuntamiento, una comunidad autónoma o un ministerio, la factura se presenta en formato electrónico Facturae, firmada, en FACe o en el punto general de entrada de esa Administración (Ley 25/2013). Las sociedades están obligadas; los autónomos pueden hacerlo de forma voluntaria, y cada Administración puede eximir las facturas de hasta 5.000 euros.

Actualizada el

Quién está obligado

El artículo 4 de la Ley 25/2013 obliga a presentar factura electrónica a las sociedades anónimas y limitadas, las entidades extranjeras y los establecimientos permanentes, las uniones temporales de empresas (UTE) y algunas agrupaciones y fondos. Los autónomos no están en esa lista: pueden presentarla en papel o en electrónico, así que pregunta al organismo cómo prefiere recibirla.

Cada Administración puede eximir de la factura electrónica las de hasta 5.000 euros, pero tiene que haberlo regulado: no es una exención automática.

Qué necesitas

  • El formato Facturae: un archivo XML con la estructura que publica el Gobierno (la versión actual es la 3.2.2).
  • Una firma electrónica avanzada con tu certificado digital, de la empresa o de su representante.
  • Los códigos DIR3 del cliente: la oficina contable, el órgano gestor y la unidad tramitadora. Te los da el organismo, suelen estar en el contrato o el pedido y se pueden buscar en FACe.
  • Los datos de siempre de una factura: mira los requisitos de una factura.

Cómo se presenta

  • Genera el XML Facturae de la factura con tu programa.
  • Fírmalo con tu certificado, desde el mismo programa o con AutoFirma.
  • Súbelo a face.gob.es, el punto general de entrada del Estado, o al de la comunidad autónoma o la entidad local, si tienen uno propio (por ejemplo, e.FACT en Cataluña).
  • Guarda el justificante de registro y sigue su estado: registrada, contabilizada, pagada o rechazada.

Si una Administración no tiene punto propio ni se ha adherido a otro, puedes presentar la factura en el del Estado.

Facturae y la factura electrónica entre empresas

FACe solo sirve para facturar a la Administración. Para las facturas entre empresas habrá otro sistema, con plataformas privadas y una solución pública de la Agencia Tributaria, que admitirá Facturae entre otros formatos: mira factura electrónica obligatoria.

Cómo lo hace Renndia

Desde una factura emitida, Renndia genera el XML Facturae 3.2.2 y te dice qué datos faltan (NIF, dirección, códigos DIR3…). Lo firma con tu certificado digital si lo subes en la configuración (.p12 o .pfx), o lo descargas sin firmar para firmarlo con AutoFirma. Los códigos DIR3 se guardan en la ficha del cliente, y las rectificativas también salen en Facturae. Renndia no lo envía a FACe: lo subes tú en face.gob.es. Más en factura electrónica Facturae.

Fuentes oficiales

Guía orientativa: resume la normativa vigente en la fecha de actualización, pero no sustituye el consejo de tu gestoría para tu caso concreto.

Preguntas frecuentes

¿Qué es FACe?

El punto general de entrada de facturas electrónicas de la Administración General del Estado. Muchas comunidades autónomas y ayuntamientos se han adherido a él; otros tienen su propio punto.

¿Los autónomos tienen que presentar la factura en FACe?

La Ley 25/2013 no les obliga: pueden facturar en papel o en electrónico. Pregunta al organismo cómo prefiere recibirla.

¿Dónde consigo los códigos DIR3?

Te los da el organismo, y suelen estar en el contrato o en el pedido. También se pueden buscar en FACe.

Factura sin pensar en todo esto

Renndia pone el impuesto, las menciones legales y la numeración en cada factura, y te prepara el borrador de tus declaraciones.

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