Quién está obligado
El artículo 4 de la Ley 25/2013 obliga a presentar factura electrónica a las sociedades anónimas y limitadas, las entidades extranjeras y los establecimientos permanentes, las uniones temporales de empresas (UTE) y algunas agrupaciones y fondos. Los autónomos no están en esa lista: pueden presentarla en papel o en electrónico, así que pregunta al organismo cómo prefiere recibirla.
Cada Administración puede eximir de la factura electrónica las de hasta 5.000 euros, pero tiene que haberlo regulado: no es una exención automática.
Qué necesitas
- El formato Facturae: un archivo XML con la estructura que publica el Gobierno (la versión actual es la 3.2.2).
- Una firma electrónica avanzada con tu certificado digital, de la empresa o de su representante.
- Los códigos DIR3 del cliente: la oficina contable, el órgano gestor y la unidad tramitadora. Te los da el organismo, suelen estar en el contrato o el pedido y se pueden buscar en FACe.
- Los datos de siempre de una factura: mira los requisitos de una factura.
Cómo se presenta
- Genera el XML Facturae de la factura con tu programa.
- Fírmalo con tu certificado, desde el mismo programa o con AutoFirma.
- Súbelo a face.gob.es, el punto general de entrada del Estado, o al de la comunidad autónoma o la entidad local, si tienen uno propio (por ejemplo, e.FACT en Cataluña).
- Guarda el justificante de registro y sigue su estado: registrada, contabilizada, pagada o rechazada.
Si una Administración no tiene punto propio ni se ha adherido a otro, puedes presentar la factura en el del Estado.
Facturae y la factura electrónica entre empresas
FACe solo sirve para facturar a la Administración. Para las facturas entre empresas habrá otro sistema, con plataformas privadas y una solución pública de la Agencia Tributaria, que admitirá Facturae entre otros formatos: mira factura electrónica obligatoria.
Cómo lo hace Renndia
Desde una factura emitida, Renndia genera el XML Facturae 3.2.2 y te dice qué datos faltan (NIF, dirección, códigos DIR3…). Lo firma con tu certificado digital si lo subes en la configuración (.p12 o .pfx), o lo descargas sin firmar para firmarlo con AutoFirma. Los códigos DIR3 se guardan en la ficha del cliente, y las rectificativas también salen en Facturae. Renndia no lo envía a FACe: lo subes tú en face.gob.es. Más en factura electrónica Facturae.
Fuentes oficiales
- Ley 25/2013 de impulso de la factura electrónica en el Sector Público (BOE)
- Portal Facturae del Gobierno de España
Guía orientativa: resume la normativa vigente en la fecha de actualización, pero no sustituye el consejo de tu gestoría para tu caso concreto.