Quién lo presenta
Las empresas y los autónomos que han practicado retenciones de IRPF durante el año, es decir, quienes han presentado algún modelo 111: por las nóminas de sus empleados, por las facturas de profesionales con retención, por premios o por pagos a consejeros. Si no has retenido nada en todo el año, no lo presentas.
Qué datos lleva
Una línea por cada perceptor (artículo 108.2 del Reglamento del IRPF), con:
- NIF, nombre y provincia.
- La clave de la renta: por ejemplo, A para los empleados y G para los profesionales.
- Lo pagado en el año, la retención practicada y, en las nóminas, datos como la situación familiar o las reducciones aplicadas.
Hacienda usa el 190 para el borrador de la renta de cada perceptor, así que un error en tu 190 se traslada a su declaración.
Plazo y cómo cuadrarlo
- Plazo: del 1 al 31 de enero, con las retenciones del año anterior. Se presenta por internet.
- Cuadre: la suma de retenciones del 190 tiene que coincidir con la de los cuatro 111 del año. Si no coincide, Hacienda te pedirá explicaciones.
- Certificados: además, tienes que dar a cada perceptor un certificado de lo que le pagaste y le retuviste.
Cómo lo hace Renndia
Renndia no prepara el 190. Lo que sí hace es llevar cada trimestre los gastos de profesionales con retención a las casillas 07 a 09 del borrador del 111, con la lista de proveedores y sus retenciones en tus gastos, que tu gestoría ve desde su acceso y exporta a Excel. Las nóminas las calcula tu gestoría: Renndia solo las reparte a tus empleados. Más en modelos fiscales.
Fuentes oficiales
- Modelo 190. Retenciones del trabajo y de actividades económicas. Resumen anual (Sede electrónica de la AEAT)
- Real Decreto 439/2007, Reglamento del IRPF (BOE)
Guía orientativa: resume la normativa vigente en la fecha de actualización, pero no sustituye el consejo de tu gestoría para tu caso concreto.